La reciente regulación del mercado de activos virtuales por la Comisión Nacional de Valores (CNV) trae la discusión de la Cámara Argentina de Fintech sobre una propuesta de reforma tributaria.
La Cámara Argentina de Fintech en un comunicado[1] el pasado 7 de marzo manifestó en nombre de la industria de activos virtuales que “un exceso de regulación o de carga fiscal podría implicar la paradoja de una mayor informalidad y tendencia a operar hacia exchanges extranjeros/desregulados, contrariando los objetivos pregonados por la normativa y afectando gravemente a la industria y sus usuarios por igual.”
Luego de la sanción en el senado de la Ley N° 27.739[2], que reforma la Ley N° 25.246 de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento para el Terrorismo (LA/FT), incorpora de esta manera a nuevos sujetos obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF), entre ellos, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), figura que incluye a las exchanges y plataformas que operan con criptomonedas en nuestro país.
Asimismo, la reforma faculta a la CNV a crear el Registro de PSAV sobre personas humanas y jurídicas que revistan ese carácter. Es decir, deberán inscribirse en el registro y someterse a la supervisión, regulación, inspección, fiscalización y sanción de la CNV.
Seguramente la Cámara Argentina de Fintech, ante la mencionada reforma, traerá la discusión de una reforma tributaria cripto para su industria, de acuerdo con la propuesta formulada en el reciente comunicado para compensar los costos de adecuación a la reciente regulación de la industria de activos virtuales.
De modo que, el presidente de la Cámara Argentina Fintech, Ignacio Plaza expresó que quieren “fomentar un entorno propicio para la innovación, el desarrollo económico y la inclusión financiera, en donde el tratamiento normativo y tributario brinde incentivos que estimulen la inversión y el crecimiento de esta industria”
En el mismo sentido, el comunicado indica que “la propuesta busca crear un marco impositivo claro y equitativo para los activos virtuales respecto de otros productos de inversión regulados por la CNV, fomentando su uso cotidiano tanto de personas como de empresas en entornos regulados y evitando gravar pérdidas o ganancias meramente contables.”
En efecto, finaliza con la siguiente propuesta de reforma impositiva, siempre y cuando se encuentre inscripto en el registro de PSAV en la CNV:
- Exclusión del Impuesto a las Ganancias a los usuarios que obtengan beneficios por la compraventa
- La valuación de activos virtuales en los balances impositivos de empresas a su costo de adquisición, reconociendo la ganancia solo al momento su enajenación y no por su sola tenencia.
- Exención del Impuesto a los Bienes Personales para las tenencias de activos virtuales
- Exención del Impuesto a los Débitos y Créditos (impuesto al cheque) para las cuentas recaudadoras
En su último comunicado[3], la Cámara Argentina de Fintech se manifestó de acuerdo con la regulación porque “entiende que se dio un paso importante en el posicionamiento de la Argentina como líder de la industria cripto a nivel mundial. El establecimiento de un marco normativo adecuado, inteligente y flexible con la evolución de la tecnología y que, al mismo tiempo, preserve la seguridad de los usuarios, es de gran ayuda para este proceso”.
Por otro lado, Ricardo Mihura Estrada, presidente de la ONG Bitcoin Argentina, pide que la reforma tributaria exima a todos los usuarios, no solamente a los PSAV inscripto en la CNV. Del mismo modo, Marcos Zocaro, contador y especialista en tributación cripto, señaló que las exenciones deberían ser generales, ya que el tratamiento tributario propuesto por la Cámara Argentina de Fintech «tiene similitud con las exenciones que rigen para operaciones en la Bolsa local, regulada por la CNV, que buscan fomentar este mercado, salvando las distancias y diferencias entre el sistema bursátil y el ecosistema cripto«.
En este sentido, Ricardo Mihura Estrada aseguró también “que la Cámara viene proponiendo establecer un sistema de licencia obligatoria de PSAV que sea regulado y administrado por la Comisión Nacional de Valores, y ahora propone que se incluya un fuerte incentivo fiscal para que los usuarios de criptoactivos sólo operen y custodien sus activos con los PSAV licenciados: se trata de eximir a los criptoactivos del Impuesto a las Ganancias y del impuesto patrimonial sobre los Bienes Personales, pero solamente a las operaciones que se realicen y a los activos que se custodien en esos PSAV licenciados”.
Es decir, para Ricardo Mihura Estrada “hoy la autocustodia de Bitcoin está exenta de Bienes Personales, y las ganancias producidas por las ventas Peer to Peer (P2P)[4] de Bitcoin están gravadas en forma muy ambigua y discutible. Por lo tanto, esta novedad vendría a penalizar y a desincentivar fiscalmente las conductas más sanas del ecosistema, las únicas que dan sentido a Bitcoin: la autocustodia (porque “not your keys, not your coins”[5]), y las transacciones directas, sin intermediarios”.
Para concluir, Ricardo Mihura Estrada enfatiza que “hay una diferencia esencial de enfoque: en la ONG Bitcoin Argentina consideramos necesario poner el foco regulatorio sobre lo que realmente importa, que es establecer diferencias entre Bitcoin como activo autónomo, seguro, incensurable, privado, y la incontable cantidad de criptoactivos entre los que se mezclan proyectos digitales de cierta utilidad, con simples o sofisticadas estafas. Para los exchanges es posible que todos sean negocio. Para los usuarios, no”.
Es indudable que el debate sobre el tratamiento tributario y contable de criptoactivos será un tema de agenda dentro del ecosistema.
Cualquier inquietud no dude en consultar
[1] https://camarafintech.org/la-camara-argentina-fintech-impulsa-una-regulacion-inteligente-y-progresiva-que-potencie-a-la-industria-de-activos-virtuales/
[2] https://lucianocarciofi.com.ar/post/regulacion-de-los-exchanges-centralizados-de-criptomonedas-o-cex-en-que-afecta-al-usuario-que-sucede-con-los-operadores-chicos/
[3] https://camarafintech.org/la-argentina-fijo-criterios-base-para-la-provision-de-servicios-cripto-en-el-pais/
[4] De persona a persona, sin intermediarios
[5] Si no son tus claves, no son tus criptomonedas